5- JUSTICIA ELECTORAL

5.5 Conflictos relacionados con el ejercicio de la función pública

5.5.c) Cancelación de credenciales a funcionaros municipales de elección popular

Corresponde a Contraloría General de la República realizar procedimientos administrativos y recomendaciones en cancelación de credenciales.

Las competencias de este Tribunal y de la Contraloría General de la República en el trámite de cancelación de credenciales por infracciones a las normas de control y fiscalización de la Hacienda Pública, así como la definición de a cuál le corresponde instruir el procedimiento que garantice al investigado el debido proceso, es un asunto sobre el cual no sólo ha existido pronunciamiento de este Tribunal, sino también por parte de la Sala Constitucional, coincidiendo ambos tribunales sobre el particular. En ese sentido, dicha Sala ha sostenido, en abundantes pronunciamientos, que resulta inherente a la Contraloría General de la República, como órgano contralor de la Hacienda Pública, realizar los procedimientos administrativos en los que garantizará el debido proceso y hacer las recomendaciones de cancelación de credenciales de los funcionarios municipales de elección popular, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los fondos públicos.

N.° 253-M-2012 de las ocho horas treinta y un minutos del diecisiete de enero de dos mil doce. Recurso de reconsideración formulado por el señor Enrique Rojas Franco, representante del señor Oscar Enrique Figueroa Fieujeam, Alcalde Municipal de Goicoechea, contra la resolución de este Tribunal n.° 8184-M-2011, dictada dentro de las diligencias de cancelación de credenciales promovidas en su contra.